La Policía Nacional en Zaragoza está reanudado de forma gradual y progresiva los servicios de documentación de extranjeros de esta provincia, tras cumplirse los requisitos sanitarios para la fase 3 de la desescalada del confinamiento en Aragón. solicitar cita nie
En una nota de prensa, la Jefatura Superior de Policía de Aragón ha explicado que para realizar esta clase de trámites, los ciudadanos van a deber obtener su cita anterior, que es obligatoria, en
Del mismo modo, en las oficinas de la Unidad de Documentación de Extranjeros se han instalado mamparas, se ha adoptado un sistema de desinfección y distancias de seguridad, siendo preceptivo el uso de mascarilla para garantizar la continuidad del servicio.
La Policía Nacional ha recordado que, por medio de su página web,, ofrece información detallada sobre los trámites, en especial por lo que respecta a la prórroga de la vigencia de determinados documentos.
Asimismo, ha indicado que se sostiene habilitada la dirección de e mail (zaragoza.bpefasilo@policia.es) para atender consultas relacionadas con la validez de los documentos expedidos en el ámbito de la protección internacional.
INSTRUCCIÓN
La Policía Nacional ha recordado a los ciudadanos extranjeros y a las diferentes instituciones y organismos que realizan actos jurídicos o administrativos que con fecha de veinte de mayo se han dictado unas instrucciones para dotar de seguridad jurídica a los ciudadanos extranjeros perjudicados por la crisis sanitaria, como para evitar la saturación de las citas de peticiones de renovación de todo género de tarjetas.
Según estas instrucciones, se prorrogan por un plazo de 6 meses las cédulas de inscripción de extranjeros indocumentados cuya vigencia haya caducado durante el estado de alarma o en los noventa días naturales anteriores a la data en que se decretó, a contar desde la fecha en que hubiera expirado la valía del documento.
Además, el demandante de una carta de convidación, emitida de antemano a la declaración del estado de alarma que no haya podido ser utilizada por coincidir la data de entrada prevista con la vigencia del mismo, va a poder pedir a exactamente la misma dependencia que se la expidió, la cancelación de la misma, como el reembolso de las tasas por expedición de la carta --tasas en concepto de carta de invitación-- y las de tramitación --tasas en concepto de autorización de expedición--, debiendo hacer entrega inexcusablemente del original de exactamente la misma a la plantilla actuante.
El resguardo de presentación de petición de protección internacional --resguardo blanco--, que hubiese sido expedido de antemano al estado de alarma va a ver prorrogada su vigencia en nueve meses a contar desde la expiración de la validez del documento, siempre y cuando no se haya notificado de manera negativa la resolución del expediente.
Por su parte, el documento acreditativo de solicitante de protección internacional --tarjeta roja-- y el documento acreditativo de demandante de condición de apátrida --tarjeta verde-- que hubiesen sido expedidos con anterioridad al estado de alarma verán prorrogada su vigencia 7 meses desde la expiración de la valía de los documentos, siempre y cuando no se haya notificado de forma negativa la resolución del expediente.
Asimismo, están anuladas todas y cada una de las citas que hubiesen sido concedidas hasta el día de la fecha para atender la renovación de los referidos documentos.
OTRAS INDICACIONES
La cita instrucción asimismo señala que el resguardo de presentación de solicitud de protección internacional --resguardo blanco--, como los documentos acreditativos de solicitante de protección internacional --tarjeta roja--, acarrearán, a partir de los seis meses desde su fecha de emisión, el derecho a trabajar, independientemente de que no lleve incorporada la historia de leyenda 'Autoriza a trabajar', toda vez que no se le hubiese notificado de forma negativa la resolución de su petición.
Por su parte, el documento 'volante' de manifestación de voluntad de petición de protección internacional que hubiese caducado a consecuencia del estado de alarma ha prorrogado automáticamente su validez durante la vigencia del mismo y durante los 3 meses siguientes desde la data en que se decrete su levantamiento a los fines exclusivos de garantizarle el derecho de no devolución, sin perjuicio de que el interesado deba, en dicho plazo y lo antes posible, tramitar la expedición de un nuevo volante para que se le asigne una nueva fecha de formalización.
Los documentos de viaje de quienes tengan reconocida la protección internacional o bien el estatuto de apátrida, cuya vigencia hubiese caducado durante el estado de alarma o en los 90 días naturales anteriores a la data en que se decretó se han prorrogado los mismos términos en los que se haya ampliado la validez de sus tarjetas de identidad de extranjero --prórroga de seis meses desde el instante en que finalice el estado de alarma--.